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Art. 2º.- Los fines de la Asociación son los siguientes:
A) Procurar, por todos los medios a su alcance, conservar y
aumentar la devoción y culto que tradicionalmente se viene tributando en esta
Parroquia al Dogma de la Inmaculada Concepción de María, en perfecta obediencia
a la jerarquía eclesiástica.
B) Dar el mayor realce posible a la fiesta de “la Encamisá”
y demás cultos que anualmente se celebren en la Parroquia en honor de la
Inmaculada Concepción.
C) Hacerse cargo de la mayordomía de la Inmaculada en los
años que este honor no sea solicitado por persona alguna, y alternar con ella,
cuando haya más de una solicitud.
D) Organizar conferencias, concursos literarios o
artísticos y cuantos actos religiosos o profanos se crean necesarios por la
Junta Directiva para divulgar anualmente esta devoción Mariana.
E) Sufragar los gastos necesarios para el cumplimiento de
los fines anteriores, en la medida que permitan las disponibilidades económicas
de la Asociación.
Torrejoncillo, 5 de agosto de
1973.
La Comisión Organizadora.
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